Con los fines de asegurar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de tránsito y seguridad vial, la Jefatura de Ministros de la Nación estableció la capacitación obligatoria para quienes conducen vehículos oficiales de la Administración Pública Nacional y Entes Públicos
Así lo oficializó el Ministerio de Transporte bonaerense este viernes en el Boletín Oficial.
Por unanimidad, el Máximo Tribunal resolvió que una ley provincial, que impone una sanción por su incumplimiento, no resulta una interferencia indebida en la autonomía individual consagrada en el artículo 19 de la Constitución Nacional.
Para simplificar los trámites burocráticos, el Gobierno mediante el decreto 196/2025 incorporó novedades en torno a la Licencia de Conducir, la Revisión Técnica Obligatoria y la homologación de autopartes.
Se trata de vehículos de entre 25 y 30 metros de largo que ahora podrán circular sin restricciones. El fundamento de la medida es que la limitación que regía anteriormente generaba una “fragmentación operativa” y “dificultades en la planificación logística”.